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1. La Creación del Consejo para la Promoción de la Igualdad de Trato

2010: Contextualización de la discriminación

En el año 2000, en junio y noviembre respectivamente, la Unión Europea, de conformidad con el artículo 13 del Tratado de Amsterdam, adoptó dos Directivas para combatir la discriminación: la llamada “Directiva de igualdad racial” (2000/43/ CE), que prohíbe la discriminación por origen racial o étnico en cualquier ámbito (empleo, educación, seguridad social, salud, acceso a bienes y servicios, etc.) y la “Directiva de igualdad en el empleo” (2000/78/CE) que establece un marco para evitar la discriminación en el empleo por motivos de religión o creencia, discapacidad, edad y orientación sexual.

El artículo 13 de la directiva 2000/43 estableció la obligación de cada Estado miembro de designar “uno o más organismos responsables de la promoción de la igualdad de trato entre todas las personas por motivo de su origen racial o étnico“. Desde su aprobación y tal y como lo exige la normativa europea, cada uno de los 27 países miembros de la Unión Europea ha ido icorporando estas normativas a su propia legislación nacional.

En España, las directivas se transpusieron al ordenamiento jurídico a fi nales del año 2003 a través de La Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales Administrativas y del Orden Social, que en su artículo 33, preveía la creación de un Consejo para la Promoción de la Igualdad de Trato y no Discriminación de las Personas por el Origen Racial o Étnico.

Este organismo fue fi nalmente constituido en septiembre de 2009 tras su creación por Real Decreto en septiembre de 2007. Actualmente se encuentra adscrito a la Dirección General para la Igualdad en el Empleo y contra la Discriminación del Ministerio de Igualdad. Como órgano colegiado de la Administración General del Estado tiene una composición multistakeholder, es decir, sus miembros proceden de las distintas Administraciones públicas, estatal, autonómica y local, así como representantes de los trabajadores y empresarios, y del movimiento asociativo cuya actividad está relacionada con la promoción de la igualdad de trato y la no discriminación de las personas por su origen racial o étnico.

Tal y como lo establece la legislación europea, su misión se centra en la promoción del principio de igualdad de trato y no discriminación de las personas por origen racial o étnico en los diferentes ámbitos de la vida de las personas (educación, sanidad, prestaciones y servicios sociales, vivienda, acceso al empleo y a la formación, y en general a la oferta y acceso a cualesquiera bienes y servicios).

Entre las funciones de este Consejo están las de:

1. Prestar asistencia independiente a las víctimas de la discriminación a la hora de tramitar sus reclamaciones.

2. Realizar con autonomía e independencia análisis y estudios sobre la situación de la discriminación y la aplicación del principio de igualdad de trato así como publicar informes independientes sobre aquellos proyectos normativos, planes, programas y otras iniciativas relacionados con el objeto y fi nalidad del Consejo.

3. Promover medidas que contribuyan a la igualdad de trato y a la eliminación de la discriminación formulando las recomendaciones y propuestas que procedan.

4. Elaborar y aprobar la Memoria anual de actividades del Consejo y elevarla a la titular del Ministerio de Igualdad

La creación de este Consejo culmina pues la transposición de la Directiva 2000/43, en un momento económico y social clave. Precisamente en los últimos años y especialmente desde el comienzo de la actual crisis económica, es preocupante el aumento del prejuicio xenófobo y del racismo en la sociedad, especialmente en movimientos asociados a los deportes, a la música y a las redes sociales digitales. De hecho, según el Barómetro de diciembre de 2008, estudio nº 2.781, un 17,3 % de españoles dice haberse sentido discriminado/a en los últimos doce meses y un 54% considera que la discriminación en base al origen étnico o racial es muy o bastante frecuente. A pesar de ello, un 58% de los españoles desconoce los derechos que asisten a las víctimas de discriminación.

Por otra parte, el “Informe Raxen, Especial 2010” de la ONG Movimiento contra la Intolerancia revela que cada vez son más frecuentes “los grupos, plataformas y partidos marginales confi guradotes de una nueva ultraderecha que agita, convoca manifestaciones y realiza sistemáticamente propaganda contra la inmigración y la diversidad, poniendo en peligro la cohesión y la convivencia en la sociedad democrática”. Además, este informe destaca que “Internet se ha convertido en un espacio privilegiado para propagar el odio, la discriminación y la violencia por motivos de racismo e intolerancia”.

Como es bien conocido, la crisis económica y sus drásticas consecuencias en el empleo, han dejado a mucha población inmigrante en riesgo de mayor vulnerabilidad y de sufrir discriminación, especialmente en el acceso al mercado de trabajo. Los acontecimientos de 2010, surgidos en distintos municipios en relación al empadronamiento de las personas inmigrantes, o a la prohibición de llevar el velo islámico integral (burka o nikab) en lugares públicos no son sino manifestaciones de que los asuntos relacionados con la identidad, la cultura y la integración, saltan a la arena política en un contexto preelectoral.

Los confl ictos acaecidos en distintos países de Europea en relación a los gitanos procedentes de Rumanía, Bulgaria o la ex Yugoslavia, que se han materializado en comportamientos violentos por parte de la población, así como en actuaciones de los gobiernos que no solamente no cumplen las directivas comunitarias sino la Carta de los Derechos fundamentales, están contribuyendo a activar aún más los prejuicios y estereotipos de la población Roma en toda Europa y corren el riesgo de generalizarse.

El Consejo para la Promoción de la Igualdad de Trato y no Discriminación de las Personas por el Origen Racial o Étnico se crea en España tarde y nace con debilidades, tanto en su limitada misión como de independencia y capacidad de ejecución. No obstante supone un paso importante, no solamente por el hecho de cumplir una directiva comunitaria, sino porque supone contar con un órgano público en nuestro país que tienen como misión luchar contra la discriminación y promover la igualdad de trato étnica y racial. Su composición, dada la variada representación de actores hace difícil sin duda una gestión fl uida y efi caz, pero tienen la ventaja de que implica a los actores clave en ésta materia.

Teniendo en cuenta las principales problemáticas relacionadas con la discriminación y su limitado presupuesto, en su primer año de rodadura se propuso un plan de trabajo modesto y centrado en cuatro 4 ejes de trabajo con objetivos específicos:

1. Asistencia a víctimas de discriminación por origen racial o étnico; para ello se pretende crear una red de ofi cinas de atención a víctimas de discriminación que cooperen en la detección y atención a personas que sufren discriminaciones por origen racial o étnico, y poner en marcha de una red de operadores jurídicos especialistas en casos de discriminación por origen racial o étnico.

2. Análisis e investigación para elaborar por una parte un estudio anual sobre discriminación e igualdad de trato centrado en las percepciones, vivencias y situaciones de las personas susceptibles de ser discriminadas por origen racial o étnico, y por otra un informe anual sobre la situación de la discriminación en España así como dos informes temáticos relacionados con la discriminación por origen racial o étnico.

3. Comunicación y sensibilización para lanzar la página web del Consejo así como elaborar materiales de sensibilización e información sobre la discriminación por origen racial o étnico.

4. Formación a través de cursos y seminarios sobre discriminación por origen racial o étnico dirigidos a profesionales de la igualdad de trato

El principal avance del Consejo desde la aprobación de este Plan de Trabajo es sin duda la creación de la Red de ofi cinas de atención a víctimas de discriminación por origen racial o étnico con la colaboración de diez entidades que se ha considerado que pueden jugar un papel muy importante en el desarrollo de éstas tarea: Cruz Roja, Fundación CEPAIM, Acción Integral con Migrantes, Fundación Secretariado Gitano, Movimiento Contra la Intolerancia, Movimiento por la Paz, el Desarme y la Libertad, Red Acoge, Unión General de Trabajadores y Unión Romaní.

A través de esta Red, el Consejo espera sobre todo detectar casos de discriminación que estén ocurriendo y asesorar a las víctimas sobre cómo enfrentarse a estas situaciones tanto a nivel legal como a nivel psicológico. Ahora bien, esta Red también permitirá emprender acciones encaminadas a evitar posibles situaciones de discriminación e informar a las personas susceptibles de ser discriminadas sobre sus derechos y recursos de que disponen para hacerlos valer. Gracias a esta Red, España cuenta ya con profesionales especializados al servicio de la igualdad de las personas.

En sus primeros seis meses de funcionamiento, a través de esta Red el Consejo espera atender a un mínimo de 160 casos de discriminación siguiendo un mismo protocolo, de manera que se pueda obtener información comparativa sobre la utilidad y efi cacia del servicio y del asesoramiento que se ofrece. En años sucesivos, esperamos ampliar estos servicios e ir perfeccionando el protocolo de actuación aprendiendo de las experiencias de éxito y corrigiendo las debilidades que surjan. De este modo, esperamos poder adaptarnos a las necesidades de las (potenciales) víctimas.

Por otro lado, también hay que destacar los esfuerzos que se están haciendo desde el Consejo por obtener datos fi ables de la discriminación en España que permitan analizar dónde están los principales problemas y poder así dotar al Consejo de información gracias a la cual pueda priorizar sus actuaciones. A principios de 2011 se espera poner a disposición del público los primeros trabajos de investigación y análisis que se han puesto en marcha a lo largo del año: el primer estudio sobre la discriminación e igualdad de trato centrado en las percepciones, vivencias y situaciones de las personas susceptibles de ser discriminadas por origen racial o étnico, así como el primer informe sobre la situación de la discriminación en España 2009-2010. Los miembros del Consejo han considerado que es muy importante saber cómo las personas étnica o racialmente diferentes en España perciben que son tratados y en qué caso y circunstancias son discriminados. Esto permitirá sin duda no solo orientas r la actuación del Consejo en los próximos años, sino hacer recomendaciones a distintas instancias públicas y privadas en aras a mejorar la igualdad de trato y corregir las discriminaciones.

Por último, consciente de la importancia que tiene dar a conocer el Consejo y el peso que tiene la comunicación digital en la actualidad, especialmente entre los jóvenes, se está desarrollando una página web a través de la cual las (potenciales) víctimas y los profesionales de la igualdad de trato tengan acceso a la información más actualizada sobre cómo tratar una situación de discriminación, qué hacer, dónde ir, etc.

A pesar de estos iniciales avances, el Consejo tiene que ir progresivamente consolidando su sistema de funcionamiento, dotándose de más recursos y medios para poder llevar a cabo su misión, desarrollar las líneas de actividad que ha establecido e ir poniendo en marcha nuevas acciones en perspectiva de futuro.

La lucha contra la discriminación y la promoción de la igualdad de trato en España, tiene mucho recorrido por delante y es necesario que se avance hacia un nuevo marco normativo, es decir, una ley integral de igualdad de trato, que cubra el manos todos los ámbitos establecidos en el Tratado de la Unión y que refuerce las políticas en ésta materia.

En el marco de una nueva ley se podría reforzar la creación de un órgano independiente de promoción de la igualdad de trato y la no discriminación que permita la consolidación de una estructura que sea capaz de tratar casos de discriminación no estrictamente asociados al origen racial o étnico de las personas, sino a cualquier o múltiples motivos (edad, religión o creencia, orientación sexual, discapacidad, etc.). Para ello es crucial que el gobierno avance en su compromiso de aprobar la Ley integral para la igualdad de trato, que ampliaría la protección del derecho a la igualdad de las personas y permitiría crear un Consejo más independiente y con competencias para tratar la discriminación desde una perspectiva global.

José Manuel Fresno
Presidente del Consejo para la Promoción de la Igualdad de Trato y no Discriminación de las Personas por el Origen Racial o Étnico